Transporte:
Comprende el traslado de las personas con discapacidad desde su residencia hasta el lugar de su atención / educación y viceversa.
Esta prestación queda sujeta a evaluación y sólo será autorizada en el caso en que el beneficiario se encuentre imposibilitado de trasladarse en medios públicos de transporte. Esta imposibilidad deberá estar justificada mediante informe médico y formulario FIM (adjunto). Se aclara que DEPENDENCIA no es sinónimo de acompañante.
El presupuesto deberá indicar:
- el kilometraje diario y mensual a realizar.
- Recorrido, indicando el origen y destino final del viaje.
- Valor por Km y mensual de acuerdo a Resolución Vigente ( estos datos deben constar en las facturas emitidas para su liquidación)
- Copia del seguro del automotor y de la licencia del conductor que traslade al beneficiario.
- Mapa inteligente del recorrido.
Se autorizarán hasta un máximo de 1500 km/mes.
En caso de superar este tope, deberá estar justificado por la falta de prestadores zonales, adjuntando Certificado de Domicilio del afiliado emitido por autoridad policial local y nota del médico tratante donde aclare esta situación.
No se abonarán tiempos de espera.